TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá D.C., veinte (20) de marzo de dos mil veinticinco (2025). Ref: EJECUTIVO promovido por BANCOLOMBIA S.A. contra ERNESTO ARIZA GÓMEZ Y OTROS Exp: 004-2013-00258-02. Se RECHAZA por improcedente el recurso de reposición interpuestos por el apoderado del convocado Ernesto Ariza Gómez contra el proveído de 3 de marzo de 20251, el cual resolvió la alzada contra la decisión emitida el 13 de junio de 2024 proferida por el Juzgado 4° Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bogotá, en razón de la cual se decretó la terminación del proceso por pago total a favor del señor Juan Carlos Ospina.
Lo anterior, atendiendo a qué de manera expresa éste “[n]o procede contra los autos que resuelvan un recurso de apelación, una súplica o una queja”, según lo prevé el inciso 2° del precepto 318 del Estatuto Procesal. Tampoco hay lugar a dar aplicación a lo dispuesto en el parágrafo del citado canon 318 ejusdem, toda vez que conforme se advierte, la providencia que resuelve sobre el recurso de apelación no es susceptible de ningún otro.
Por Secretaría remítase el expediente al Despacho de origen.
NOTIFÍQUESE JORGE EDUARDO FERREIRA VARGAS MAGISTRADO 1 Archivo digital 005 Cuaderno Tribunal