Micelio

auto — Tribunal Superior de Cali

Radicado: 005. 010-005-2019-00166-00JDCE_AutoAdmiteSuspesivo

Sala: SALA CIVIL

Apelación de Sentencia – Verbal Margoth Eda Campo y Otros Vs SOS EPS y Otros Rad. 76001-3103-005-2019-00166-01 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE CALI DECISIÓN UNITARIA MAGISTRADO SUSTANCIADOR JOSÉ DAVID CORREDOR ESPITIA Santiago de Cali, cuatro de julio de dos mil veinticuatro. Procédese a resolver sobre la admisión del recurso de apelación propuesto por la parte demandante, en contra de la sentencia proferida el 20 de septiembre de 2023 por el Juzgado 5º Civil del Circuito, en el proceso de responsabilidad civil de la referencia, promovido por ROSARIO ADIELA CAMPO MONTENEGRO, FILEMON CAMPO, MARGOTH EDA CAMPO CAMPO y JOHN HANS PARRA CUELLAR, en contra de la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD S.A. S.O.S. "EPS - SOS S.AS." y la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DEL VALLE DEL CAUCA COMFAMILIAR ANDI – COMFANDI, por lo que el suscrito Magistrado, RESUELVE:

PRIMERO. Admítese en el efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, de conformidad con los Art. 323 y 327 del C.G.P.

SEGUNDO. En consecuencia, obsérvese, por las partes y por Secretaría, lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022. Vencidos los términos anteriores, ingrese para proferir la respectiva sentencia. Las partes deberán remitir los escritos de sustentación y réplica, o cualquier otra solicitud, al correo institucional de la Secretaría de la Sala Civil de esta Corporación: sscivcali@cendoj.ramajudicial.gov.co

NOTIFÍQUESE. (Firmado Electrónicamente) JOSÉ DAVID CORREDOR ESPITIA Magistrado Firmado Por: Jose David Corredor Espitia Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 3495a0add14d082309ff0e589c1049659e8919f90d95b95961121d0735a7a9d1 Documento generado en 04/07/2024 04:38:36 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica