TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE SINCELEJO SALA CIVIL- FAMILIA- LABORAL Magistrado Ponente: HOLGUER ABUNDIO TORRES MANTILLA Sincelejo, veintidós (22) de julio de dos mil veinticinco (2025) Demandante Demandado Procedente Radicado: Bertha María Fajardo Paternina: Electricaribe S.A. E.S.P.: Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Sincelejo, Sucre: 700013105001-2015-00456-01 Visto el informe secretarial que antecede, da cuenta el despacho que el proceso de la referencia fue devuelto por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que mediante providencia del 13 de febrero de 2024, resolvió NO CASAR la sentencia proferida el 18 de mayo de 2021 por esta Corporación. Por lo anterior, se DISPONE: OBEDECER Y CUMPLIR lo resuelto por el superior.
En su debida oportunidad, devuélvase el expediente al juzgado de origen.
NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE HOLGUER ABUNDIO TORRES MANTILLA Magistrado Firmado Por: Holguer Abundio Torres Mantilla Magistrado Sala 001 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Sincelejo - Sucre Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b5168a47a25e2e53dbb9765caf5de721d84652e1e2d0c7bca0b63b7d4ddf561d Documento generado en 22/07/2025 04:29:55 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica