John Alexander Burbano Ramírez Abogado Señores Magistrado CARLOS ALEJO BARRERA ARIAS TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTA SALA DE FAMILIA Bogotá, D. C. REFERENCIA: NULIDAD DE PARTICION ACUMULADA CON PETICION DE HERENCIA DEMANDANTES: LISETTE BRIGETTE RUIZ VASQUEZ, SHARON GISELLE RUIZ VASQUEZ Y NICOLE RUIZ HENRIQUEZ. DEMANDADOS: HENRY RUIZ GARCIA, ALVARO RUIZ GARCIA, JAIME RUIZ GARCIA, WILLIM RUIZ GARCIA Y ANGEL MARIA RUIZ MESA RADICADO: 11001311003220220028901 ASUNTO: RECURSO DE REPOSICION FRENTE AL AUTO QUE DECLARA DESIERTO EL RECURSO DE APELACIÓN JOHN ALEXANDER BURBANO RAMÍREZ, identificado con cédula de ciudadanía N° 80.495.607 de Funza - Cundinamarca, abogado en ejercicio y portador de la T.P. No. 216.791 del C.S de la J., obrando en calidad de apoderado de la parte demandante, dentro del término legal y oportuno, me permito sustentar el recurso de REPOSICION frente al Auto de fecha 05 de mayo de 2025, en los siguientes términos: 1.
El proceso con recurso proveniente del Juzgado treinta y dos de familia fue radicado ante su Honorable Despacho el 03 de diciembre de 2024; según consta en plataforma. 2. Por reparto le correspondió este proceso al Despacho del Honorable Magistrado Dr. Carlos Alejo Barrera Arias el día 03 de diciembre de 2024. 3. Dicho Recurso fue admitido en este Despacho el día 04 de diciembre de 2024 4.
Para el día 11 de diciembre de 2024, mediante Auto de sustanciación, se corre traslado a los interesados, por el termino de diez días, los primeros cinco para que los apelantes sustenten el recurso que interpusieron y los otros cinco parea que los no recurrentes presenten su replica Cerm Calle 12 B No. 8 A – 03. Edificio Compañía Colombiana de Seguros.
Oficina 507. Celular: 320265-0214 E-mail: majosdavi@hotmail.com Bogotá D.C. Colombia John Alexander Burbano Ramírez Abogado 5. El 12 de diciembre de 2024, traslado para sustentar el cuál empieza a contabilizarse desde el 13 de diciembre de 2024 y hasta el 13 de enero de 2025 6. Para el día 05 de mayo de 2025 mediante Auto, de acuerdo con el informe secretarial, se declara desierto el recurso de apelación interpuesto en contra de la Sentencia de fecha 09 de octubre de 2024 proferida por el Juzgado 32 de familia de esta ciudad SUSTANCIACION DEL RECURSO Es preciso indicar a su Honorable Despacho que: 1.
El Recurso que se sustentó ante el Juzgado 32 de familia de esta ciudad frente al fallo de primera instancia Sentencia de fecha 09 de octubre de 2024, se sustentó por escrito en los términos previstos por la Ley 2. Respecto del traslado para sustentar el recurso ante el Honorable Tribunal es preciso indicar a su Señoría que el mismo se sustentó por escrito y fue enviado al correo electrónico acastelh@cendoj.ramajudicial.co el pasado 07 de enero de 2025 desde el correo electrónico majosdavi@hotmail.com, encontrándome en términos procesales dado que según Auto los términos vencían el 13 de enero de 2025 del mismo me permito allegar pantallazo como prueba de lo anteriormente descrito.
De acuerdo a lo anteriormente relatado, me permito solicitar a usted Honorable Magistrado: Se sirva reponer la decisión de fecha 5 de mayo del corriente año, y en su lugar se sirva dar trámite al Recurso de apelación interpuesto y sustentado ante su Honorable Despacho Atentamente, Cerm Calle 12 B No. 8 A – 03. Edificio Compañía Colombiana de Seguros.
Oficina 507. Celular: 320265-0214 E-mail: majosdavi@hotmail.com Bogotá D.C. Colombia John Alexander Burbano Ramírez Abogado JOHN ALEXANDER BURBANO RAMÍREZ C. C Nº 80.495.607 de Funza T. P Nº 216.971 del C. S. de la J. CERM Cerm Calle 12 B No. 8 A – 03. Edificio Compañía Colombiana de Seguros. Oficina 507. Celular: 320265-0214 E-mail: majosdavi@hotmail.com Bogotá D.C. Colombia