08-001-31-05-004-2023-00113-01 <R.76.577> ASUNTO: ORDINARIO LABORAL. ACCIONANTES: ELMER CASTRO OROZCO y HAROLD CASTRO OROZCO. ACCIONADA: COLFONDOS S.A. PENSIONES Y CESANTÍAS. LITISCONSORTES NECESARIOS: DAVID HUMBERTO CASTRO OROZCO, HANS CASTRO VEGA y JAVIER CASTRO ESCORCIA. VINCULADOS: MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO y ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES –COLPENSIONES.
C.U.I.: 08-00131-05-004-2023-00113-01 <R.76.577> INFORME DE DESPACHO Señora Magistrada, Le informo que se ha recibido vía correo institucional, remitido desde la Secretaría de esta Sala Laboral, poder otorgado por el Departamento del Atlántico a la Doctora Ana Luisa Algarín de la Cruz, Representante Legal de la sociedad BUSINESS & SERVICE COMPANY S.A.S. Asimismo, se ha remitido sustitución de poder al Doctor Johan Raul Rivero Bautista, otorgado por la Doctora Ana Luisa Algarín de la Cruz, quien actúa como apoderada de la vinculada Departamento del Atlántico, encontrándose pendiente para reconocimiento de personería. Sírvase proveer, Barranquilla D.E.I. y P., 17 de marzo del 2025 Angie Lisete Ruiz Rivera.
Auxiliar Judicial Grado I Despacho Mag. Claudia Fandiño de Muñiz 08-001-31-05-004-2023-00113-01 <R.76.577> REPÚBLICA DE COLOMBIA – RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA UNO DE DECISIÓN LABORAL ASUNTO: APELACIÓN Y CONSULTA DE SENTENCIA PROCESO: ORDINARIO LABORAL DEMANDANTES: ELMER CASTRO OROZCO y HAROLD CASTRO OROZCO DEMANDADO: COLFONDOS S.A. PENSIONES Y CESANTÍAS LITISCONSORTES NECESARIOS: DAVID HUMBERTO CASTRO OROZCO, HANS CASTRO VEGA y JAVIER CASTRO ESCORCIA VINCULADOS: MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO y ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES C.U.I. 08-001-31-05-004-2023-00113-01 <R.76.577> MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA MARIA FANDIÑO DE MUÑIZ Barranquilla D.E.I. y P., diecisiete (17) de marzo del año dos mil veinticinco (2025).
Se ha recibido memorial presentado por la Doctora Ana Luisa Algarín de la Cruz, identificada con cédula de ciudadanía No.32.833.282, y T.P. No.104.009 del Consejo Superior de la Judicatura, donde solicita reconocimiento de su personería para actuar como apoderada judicial del Departamento del Atlántico, anexando para tal efecto, escritura pública No. 2.287 del 22 de noviembre de 2024, mediante la cual el Doctor Rachid Farid Nader Orfale, Secretario Jurídico del Departamento del Atlántico, otorga poder a la firma Business & Service Company, representada legalmente por la Doctora Ana Luisa Algarín de la Cruz.
Igualmente, se radicó memorial por parte del Doctor Johan Raúl Rivero Bautista, identificado con cédula de ciudadanía No.72.205.853, y T.P. No.195.566 del Consejo Superior de la Judicatura, donde solicita reconocimiento de su personería para actuar como apoderado judicial del Departamento del Atlántico, anexando para tal efecto, el poder de sustitución conferido por la Doctora Ana Luisa Algarín de la Cruz, representante legal de Business & Service Company., quien actúa como apoderada de la demandada Departamento del Atlántico. 08-001-31-05-004-2023-00113-01 <R.76.577> Lo anterior se ciñe a lo contemplado en el artículo 5 de la Ley 2213 de 13 de junio de 2022 1.
Luego de verificar su calidad de abogados en el Registro Nacional de Abogados (SIRNA), se reconocerá personería a la Doctora Ana Luisa Algarín de la Cruz, identificada con cédula de ciudadanía No.32.833.282, y T.P. No.104.009 del Consejo Superior de la Judicatura como apoderada judicial principal y al Doctor Johan Raúl Rivero Bautista, identificado con cédula de ciudadanía No.72.205.853, y T.P. No.195.566 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado judicial sustituto del Departamento del Atlántico, en los términos y para los efectos del poder conferido.
En mérito de lo expuesto, la Sala Uno de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, RESUELVE:
PRIMERO: RECONOCER personería a la Doctora Ana Luisa Algarín de la Cruz, identificada con cédula de ciudadanía No.32.833.282, y T.P. No.104.009 del Consejo Superior de la Judicatura como apoderada judicial principal y al Doctor Johan Raúl Rivero Bautista, identificado con cédula de ciudadanía No.72.205.853, y T.P. No.195.566 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado judicial sustituto del Departamento del Atlántico, en los términos y para los efectos del poder conferido.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE 1 ARTÍCULO 5°. PODERES. Los poderes especiales para cualquier actuación judicial se podrán conferir mediante mensaje de datos, sin firma manuscrita o digital, con la sola antefirma, se presumirán auténticos y no requerirán de ninguna presentación personal o reconocimiento. En el poder se indicará expresamente la dirección de correo electrónico del apoderado que deberá coincidir con la inscrita en el Registro Nacional de Abogados.
Los poderes otorgados por personas inscritas en el registro mercantil, deberán ser remitidos desde la dirección de correo electrónico inscrita para recibir notificaciones judiciales. Firmado Por: Claudia Maria Fandiño De Muñiz Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 3 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0de1f7f3cb89da524dd43cb86977adf15631fcb5db4edc027b9a5b70ebf254dd Documento generado en 17/03/2025 12:00:42 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica