TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SINCELEJO SALA TERCERA – CIVIL FAMILIA LABORAL Magistrado Ponente: HOLGUER ABUNDIO TORRES MANTILLA Radicado N° 700012105002-2021-00253-01 Sincelejo, veintisiete (27) de marzo de dos mil veinticinco (2025) Tipo de proceso: Ordinario laboral Demandante: Enrique Orlando Vega Méndez Demandado: Porvenir S.A. Procedencia: Juzgado 2° Laboral del Circuito de Sincelejo AUTO Encontrándose pendiente de admisión el recurso impetrado en contra de la sentencia del dieciséis (16) de diciembre de 2024 proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Sincelejo, Sucre, estima pertinente este despacho remitir el proceso de la referencia atendiendo las siguientes: CONSIDERACIONES Si bien es cierto la apelación de sentencia del proceso de la referencia le correspondió por reparto al suscrito magistrado en calidad de titular del Despacho 001 de la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo, Sucre.
Sin embargo, se avizora que sobre este mismo trámite ya se había remitido para su estudio un recurso de apelación de auto, el cual fue desatado el día 24 de mayo de 2023 por la magistrada ponente, la doctora Claudia Patricia Pizarro Toledo. Conforme a ello, resulta necesario destacar que el inciso primero del artículo 10 del Acuerdo 108 de 1997 emanado del Consejo Superior de la Judicatura, contempla una regla ante dicho supuesto: “El magistrado a quien se asigne el conocimiento de un asunto será el ponente de la primera y demás apelaciones que se propongan; para este efecto elaborará el proyecto de Radicado Nº 700012105002-2021-00253-01 providencia y lo registrará en la secretaría de la sala especializada.(…) De acuerdo con lo anterior, esta Sala estima que al habérsele asignado la revisión de un primer recurso sobre el trámite al Despacho 003 de este Tribunal cuya titular es la honorable Magistrada, Dra. Claudia Patricia Pizarro Toledo, también le corresponderá a esa dependencia el estudio y sustanciación del recurso de apelación presentado contra la sentencia del dieciséis (16) de diciembre de 2024.
En consecuencia, se RESUELVE:
PRIMERO: Remitir al Despacho 003 de la Sala Civil Familia Laboral de este Tribunal, presidido por la H. Magistrada Claudia Patricia Pizarro Toledo, la apelación de la sentencia adiada dieciséis (16) de diciembre de 2024, proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Sincelejo, dentro del proceso identificado con el radicado 700012105002-2021-00253-01, conforme a lo expuesto en precedencia.
SEGUNDO: Por Secretaría de la Sala, efectuar las anotaciones de rigor en el aplicativo Sistema Integrado Único de Gestión Judicial – SIUGJ.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE HOLGUER ABUNDIO TORRES MANTILLA MAGISTRADO Firmado Por: Holguer Abundio Torres Mantilla Magistrado Sala 001 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Sincelejo - Sucre Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Radicado Nº 700012105002-2021-00253-01 Código de verificación: ae2360a4849153a3b971f6dad778f31be225a86e94f036333ce40b6873966589 Documento generado en 27/03/2025 04:16:46 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica