TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA SÉPTIMA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá, D. C., veintinueve de enero de dos mil veintiséis 110013103 009 2021 00319 01 Ref. proceso de restitución de inmueble arrendado de Erika Jazmin Hernández Coca frente a Seguridad Plena Ltda. Se declarará INADMISIBLE el recurso de apelación que interpuso la parte demandante contra el auto de 26 de septiembre de 2025, mediante el cual el Juzgado Noveno Civil del Circuito de Bogotá, rechazó de plano la solicitud de invalidación procesal que formuló la hoy apelante, por haberse superado el término que prevé el artículo 121 del C. G. del P. Lo anterior, por cuanto de acuerdo con el numeral 9° del artículo 384 del C. G. del P., “cuando la causal de restitución sea exclusivamente la mora en el pago del canon de arrendamiento, el proceso se tramitará en única instancia”.
En el presente asunto se reclamó la declaración de terminación del contrato de arrendamiento de 13 de julio de 2004, respecto del inmueble ubicado en la carrera 27 N° 63 A -47 de esta ciudad, al igual que su restitución, con soporte exclusivo en la mora en la que habría incurrido la arrendataria en el pago de los cánones de arrendamiento, desde febrero de 2021.
Ninguna otra causal de terminación del contrato de arrendamiento invocó la parte actora. No sobra agregar que la orientación de esta providencia acompasa con otras en las que -ante situaciones similares- ha adoptado el suscrito Magistrado (exps. 2018-00136, 9 de noviembre de 2018; 2018-00590, 17 de enero de 2020; 2019 00783 01, 12 de febrero de 2021; 2019-00070 01, 19 de julio de 2022; 2022-00010 01, 26 de julio de 2022 y 2022-00233 01, 6 de octubre de 2023, entre otras).
DECISIÓN Así las cosas, el suscrito Magistrado DECLARA INADMISIBLE la apelación que formuló la parte actora contra el auto que el 26 de septiembre de 2025 profirió el Juzgado Noveno del Circuito de Bogotá. 1 OFYP 2021 00319 01 Devuélvase, entonces, el expediente a la oficina de origen, previas las anotaciones de rigor. Notifíquese Firmado Por: Oscar Fernando Yaya Peña Magistrado Sala 011 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0808d6f7e8a14f22eb4a1bfc2b88ff7f9fd9eefc2d0b06f02ec52821269cccc4 Documento generado en 29/01/2026 12:13:12 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2 OFYP 2021 00319 01