Micelio

auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: 01. 13001310300920200013401 Auto admite

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

ASUNTO: APELACIÓN DE AUTO Y SENTENCIA PROCESO: PERTENENCIA RADICADO: 13001310300920200013401 DEMANDANTE: GUIDO HERNANDEZ VERGARA. DEMANDADO: CONCIV LTDA. – EN LIQUIDACION E INDETERMINADOS TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA SALA DE DECISION CIVIL – FAMILIA MAGISTRADO SUSTANCIADOR: DR. JOSÉ EUGENIO GÓMEZ CALVO Cartagena de Indias, cuatro (04) de marzo de dos mil veintiséis (2026) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del Código General del Proceso, se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante y la parte demandada contra la sentencia proferida el 25 de febrero de 2026 por el Juzgado Noveno Civil del Circuito de Cartagena, decisión que fue notificada en estrados. a. Los recurrentes deberán sustentar el recurso dentro del término de cinco (5) días, contados desde el día siguiente a aquél en que quede ejecutoriada esta providencia. Para tal fin “deberá sujetar su alegación a desarrollar los argumentos expuestos ante el juez de primera instancia”, según se desprende del inciso final del artículo 327 del C. G. del P. “Si no se sustenta oportunamente el recurso, se declarará desierto”, conforme señalan los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del C.G. del P. Los recurrentes deberán tener en cuenta que según prevé el artículo 109 del C. G. del P., “los memoriales, incluidos los mensajes de datos, se entenderán presentados oportunamente si son recibidos antes del cierre del despacho del día en que vence el término”. b. Los escritos de las partes durante este trámite deberán ser enviados en formato PDF al correo electrónico secsalcivfam@cendoj.ramajudicial.gov.co c. La fijación de los estados y los traslados podrá ser consultada en el micrositio asignado a la Secretaría de la Sala en la Página Web de la Rama Judicial.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Jose Eugenio Gomez Calvo Magistrado ASUNTO: APELACIÓN DE AUTO Y SENTENCIA PROCESO: PERTENENCIA RADICADO: 13001310300920200013401 DEMANDANTE: GUIDO HERNANDEZ VERGARA. DEMANDADO: CONCIV LTDA. – EN LIQUIDACION E INDETERMINADOS Sala Civil Familia Tribunal Superior De Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: aa2db7d30407000e57c18afb9f785f5c47cf656784b3f4ba834fce444609e748 Documento generado en 04/03/2026 01:13:37 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica