TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá, D.C., veintiuno de mayo de dos mil veinticinco. Radicado: 11001 31 03 012 2020 00358 01 Se admiten, en el efecto SUSPENSIVO, los recursos de apelación interpuestos por las partes contra la sentencia proferida por el Juzgado 12 Civil del Circuito en audiencia celebrada el 9 de mayo de 2025, dentro del proceso de Eva María Rojas y Otros contra Frainicolas Ocampo Valencia y Otros.
Cabe advertir que, de conformidad con lo establecido en la Ley 2213 de 2022, los apelantes cuentan con el término de cinco (5) días, a partir de la ejecutoria del admisorio, para sustentar en esta instancia los precisos reparos en los que fundamentaron sus recursos de apelación, frente a lo cual la parte no apelante tiene cinco (5) días para la réplica.
Además, téngase en cuenta que la no sustentación de la alzada en esta instancia impone declararla desierta según el artículo 12 de la referida normatividad, pues a lo dicho en primera instancia no se le puede dar la connotación de la sustentación de los reparos que solo puede y debe hacerse ante el superior, sin perjuicio de que los apelantes acudan al Tribunal por escrito a dar alcance y desarrollo argumental a lo manifestado en primera instancia.
NOTIFÍQUESE El Magistrado, GERMÁN VALENZUELA VALBUENA 11001 31 03 012 2020 00358 01 Firmado Por: German Valenzuela Valbuena Magistrado Sala 019 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: dd942f98438f6a8d7134da5664cd3e9428a6e2edeacd443a6f0323f05889068b Documento generado en 21/05/2025 04:59:49 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica