Bogotá, D.C., diecisiete (17) de septiembre de dos mil veinticinco (2025). En virtud de la condena en costas a los demandantes se fijan como agencias en derecho la suma de dos (2) salarios mínimos mensuales vigentes, conforme con numeral 1 del artículo 5° del Acuerdo 10554 de 2016 del Consejo Superior de la Judicatura. CÚMPLASE, R.A.B. 11001310303920230008601 Radicado Interno: 6678
auto — Tribunal Superior de Bogotá
Radicado: 039-2023-00086-01 DR ACOSTA AUTO FIJA AGENCIAS EN DERECHO
Sala: SALA CIVIL