Micelio

auto — Tribunal Superior de San Gil

Radicado: AutoConcedeImpugnación 2026-00042-00

Sala: DESPACHO DE LA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL FAMILIA LABORAL REF: TUTELA - PRIMERA INSTANCIA RAD: 68679-2214-000-2026-00042-00 San Gil, mayo veintiséis (26) de dos mil veintiséis (2026). Luego de ser notificado en legal forma el fallo de tutela de Primera Instancia proferido por esta Corporación el quince (15) de mayo de dos mil veintiséis (2026), mediante la cual amparo parcialmente el derecho fundamental al debido proceso del accionante Carlos Javier Jiménez Ortiz deprecado al interior de la Acción de Tutela de la referencia, los vinculados Alberto Blanco Arenas, María Jadith Sánchez Paredes, Gustavo Adolfo Jiménez Silva, Sandra Patricia Mayorga Melo, Alba Cecilia Muñoz Afanador, Oscar Medina Silva, Lida Yohana Salazar Galán, Vilma Liseth Salazar Galán y Carlos Arturo Delgado Pico dentro del término legal, impugnan tal decisión. Vistos los correos electrónicos allegados por los vinculados y de conformidad a la constancia secretarial adjunta, se observa ACCIÓN TUTELA – PRIMERA INSTANCIA RAD: 2026-00042-00 que fue presentado dentro del término que exige el artículo 31 del Decreto 2591 de 1991, por ende, resulta viable tramitar la impugnación de acuerdo con el artículo 32 ibídem, por lo que se:

RESUELVE

Primero: CONCEDER en el efecto DEVOLUTIVO ante la Sala de Casación Civil, Rural y Agraria de la Honorable Corte Suprema de Justicia, las impugnaciones presentadas por los vinculados Alberto Blanco Arenas, María Jadith Sánchez Paredes, Gustavo Adolfo Jiménez Silva, Sandra Patricia Mayorga Melo, Alba Cecilia Muñoz Afanador, Oscar Medina Silva, Lida Yohana Salazar Galán, Vilma Liseth Salazar Galán y Carlos Arturo Delgado Pico contra la sentencia fechada el quince (15) de mayo de dos mil veintiséis (2026), mediante la cual concedió parcialmente el amparo constitucional deprecado.

Segundo: Comuníquese esta decisión a todas las partes y córrase traslado del escrito de impugnación a los no recurrentes, conforme al auto de la Corte Constitucional A159/18. ACCIÓN TUTELA – PRIMERA INSTANCIA RAD: 2026-00042-00 Tercero: Oportunamente envíense las diligencias a la Corte Suprema de Justicia, para lo de su competencia. Cópiese, Notifíquese y Cúmplase El Magistrado, Javier González Serrano Firmado Por: Javier Gonzalez Serrano Magistrado Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: af5d273e051028886108266e2d4b39293d9290a5989429579bbdcd494074ab6a Documento generado en 26/05/2026 11:02:18 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica ACCIÓN TUTELA – PRIMERA INSTANCIA RAD: 2026-00042-00