Micelio

auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 2021-00074 (25-204A) JulianParadaVillamizar - PRELACION POR APELACION Y VICTIMA MENOR

Sala: PENAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA DE DECISIÓN PENAL Bucaramanga, veintitrés (23) de abril de dos mil veinticinco (2025) Con fundamento en el artículo 63A de la Ley 270 de 1996 y canon 34, numeral 12, de la Ley 734 de 2002, por la urgencia manifiesta surgida del delito por el cual se procede, la naturaleza del recurso de apelación formulado, la etapa procesal en la que se encuentra y la víctima de la conducta punible, con apego al artículo 292, inciso 2º, de la Ley 906 de 2004, se dispone concederle PRELACIÓN al presente asunto, identificado con el radicado 68655610592720210007401 seguido contra Julián Parada Villamizar por el delito de delito de actos sexuales con menor de catorce años.

En consecuencia, el Despacho procederá a la presentación del respectivo proyecto de decisión sin sujeción al orden cronológico de reparto e ingreso para el pronunciamiento de segunda instancia. Para el enteramiento de las partes se ORDENA que la Secretaría de la Sala fije copia de esta providencia en el listado de proyectos de registro. Cúmplase.

GUILLERMO ÁNGEL RAMÍREZ ESPINOSA Magistrado Firmado Por: Guillermo Angel Ramirez Espinosa Magistrado Sala Penal Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: dcc75c05df7cc84d527e52105df557d1ad1139784fdbf5733e0409692de35196 Documento generado en 23/04/2025 02:47:26 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica