TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA SÉPTIMA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D. C., seis de febrero de dos mil veintiséis 11001 3199 002 2025 00335 01 Ref. proceso verbal de Nadime Esper Fayad frente a Esper Editores Roberto Esper & Cía. Ltda. y otros El suscrito Magistrado declara que no estuvo bien DENEGADO el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra el auto de 20 de octubre de 2025, mediante el cual la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio rechazó, previa inadmisión, la demanda verbal de la referencia. En soporte de su decisión, el juez de primer nivel invocó el artículo 42 de la Ley 1258 de 2008.
En el criterio del suscrito Magistrado (lo cual ha sostenido reiteradamente en diferentes autos1) el trámite del proceso verbal sumario se imprime en materia societaria cuando las discusiones versan sobre sociedades por acciones simplificadas (SAS), por así imponerlo el artículo 42 de la Ley 1258 de 2008. Como aquí la demanda versa sobre actos sociales defraudatorios concernientes a una sociedad de responsabilidad limitada (Esper Editores Roberto Esper & Cía. Ltda.), emerge que no opera la salvedad que contempla la parte final del numeral 4° del artículo 20 del C. G. del P., por lo que ha de convenirse en que el juez accidental a quo actuó como Juez Civil del Circuito de primera instancia. En resumidas cuentas, concluye el suscrito Magistrado que procede la alzada que formuló la quejosa contra el auto de 20 de octubre de 2025, cuya apelabilidad no admite duda, a la luz del artículo 321 (n. 1.) del C. G. del P., en el efecto devolutivo.
Secretaría abone la referida apelación, previas las constancias de rigor y entere de lo aquí resuelto al juez accidental de primera instancia (inciso final del artículo 353 del referido estatuto procesal). Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Oscar Fernando Yaya Peña Ver, entre otros, los autos de 15 de noviembre de 2022, R. 11001 3199 002 2022 00301 01 y de 27 de marzo de 2023, R. 11001 3199 002 2021 00317 01 1 Magistrado Sala 011 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 75845d8bb4ae28ab41a749228d2adc4e1edf1839c510e4d76d7ff777fbe98e0d Documento generado en 06/02/2026 10:40:31 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica OFYP Recurso de queja 2025 00335 01