REPUBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA SALA DE DECISION CIVIL-FAMILIA Ref. 25754-31-03-001-2022-00105-01 Bogotá D.C., veintidós de julio de dos mil veinticuatro. Para dar aplicación a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante a través de su apoderado, contra la sentencia proferida el día 21 de mayo del 2024, por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Soacha (Cund.), por medio del cual se dispuso el reconocimiento de restituciones como consecuencia de la declaratoria de nulidad absoluta del contrato objeto de la Litis.
En consecuencia, se ordena a la parte recurrente que, dentro del término de cinco (5) días hábiles siguientes a la ejecutoria de la presente providencia y con fundamento en los reparos planteados ante el juez de primera instancia, sustente el recurso que formuló contra la sentencia. Una vez cumplido el término de que trata el inciso anterior, de la sustentación del recurso, se dará traslado a la contraparte por cinco (5) días hábiles sin necesidad de auto que lo ordene.
En caso de no allegarse escrito de sustentación ante este Tribunal, el traslado a la parte no apelante, v ersará sobre los motivos de inconformidad expuestos por el apelante en primera instancia.
NOTIFÍQUESE GUSTAVO ADOLFO HELD MOLINA Magistrado Firmado Por: Gustavo Adolfo Held Molina Magistrado Sala 001 Civil Familia Tribunal Superior De Cundinamarca - Cundinamarca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 14514f77ff26712a7e619a166daef161a6d10ee10cbe20d1aab43783dad9e8a8 Documento generado en 22/07/2024 10:56:20 a. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica