Bogotá, D.C., catorce (14) de agosto de dos mil veinticinco (2025). En virtud de la condena en costas al demandante, Carlos Julio Villanueva Soto, se fija como agencias en derecho la suma de tres (3) salarios mínimos mensuales vigentes, conforme con numeral 1 del artículo 5° del Acuerdo 10554 de 2016 del Consejo Superior de la Judicatura.
CUMPLASE, R.A.B. 11001310304820230029002 Radicado Interno: 6623