Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 06.- 08001311000520030024802 03AUTOREQUIERE

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA CIVIL FAMILIA ASUNTO: APELACIÓN AUTO (00081-2025F) NO. RADICACIÓN: DEMANDANTE(S): DEMANDADO(S): TIPO DE PROCESO PROCEDENCIA: F-08001-31-10-005-2003-00248-02 MARÍA FANNY DÍAZ DURÁN DAVID DÍAZ CAMARGO Y OTROS FAMILIA / DECLARATIVO / VERBAL / PETICIÓN DE HERENCIA JUZGADO QUINTO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA Barranquilla, D. E. I. y P., tres (3) de julio de dos mil veinticinco (2025) Sería el momento de desatar el recurso de apelación formulado por MARÍA FANNY DÍAZ DURÁN contra el auto de 21 de septiembre de 2024, dictado por el Juzgado Quinto de Familia de Barranquilla en el asunto de la referencia, si no fuera porque no obra en el expediente ni el escrito que contiene el recurso de reposición que interpuso DAVID DIAZ CAMARGO contra los proveídos de 11, 13 y 18 de octubre de 2022, ni la constancia de su recepción por parte de la Secretaría de ese Despacho.

En consecuencia y con el propósito de garantizar el debido proceso de las partes, por Secretaría devuélvase el expediente al Juzgado de origen para que se adopten las determinaciones del caso, a fin de completar el expediente antes de ser remitido al Tribunal, conforme exige el artículo 324 del C. G. del P. Notifíquese y cúmplase. Firmado Por: John Freddy Saza Pineda Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e6c023dbf6320d3298fb86cdcbc04ff73df8e483a7ce5f7cf3b10e0e0afe95ec Documento generado en 03/07/2025 01:01:01 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica