Verbal Demandante: Luis Mauricio García Bernal. Demandada: Singha S.A.S. y otra. Rad. 044-2019-00216-002 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá D.C., doce de junio de dos mil veinticuatro. Ingresadas las diligencias para resolver el recurso de apelación formulado por la parte demandante contra el auto que el 27 de marzo de 2023 profirió el Juzgado Cuarenta y Cinco (45) Civil del Circuito, la funcionaria advierte, que concurre la causal para separarse del conocimiento del asunto que refiere el numeral 2° del artículo 141 del Código General del Proceso, según la cual, es motivo de recusación “Haber conocido del proceso o realizado cualquier actuación en instancia anterior, el juez ”, toda vez, que antes de que el plenario fuera avocado por el despacho en mención, su conocimiento era del Juzgado Cuarenta y Cuatro (44) Civil del Circuito de esta urbe, en el cual fungí como juez y conocí del proceso en mención, razones suficientes para declarar mi impedimento para conocer de la alzada.
Por la secretaría remítase el expediente al Magistrado que siga en turno para lo pertinente. Notifíquese y Cúmplase, HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Heney Velasquez Ortiz Firmado Por: Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ecfad07b499b43bec26bd99eaf419e8fea94a1fda37c5a72b47a8af5cf3b3c68 Documento generado en 12/06/2024 12:23:01 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica