República de Colombia Departamento del Valle del Cauca Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI SALA UNITARIA CIVIL VERBAL RCC Rad.016-2022-00218-01 (3359) Magistrado Sustanciador: JORGE JARAMILLO VILLARREAL. Santiago de Cali, agosto veinte (20) de dos mil veinticuatro (2024) Revisada la apelación presentada por la parte demandada en contra de la sentencia proferida el 11 de julio de 2024, por el Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de Cali, dentro del proceso declarativo adelantado por MADECOR DE OCCIDENTE S.A.S., en contra de ANGAR CONSTRUCCIONES S.A.S., visto que los reparos fueron presentados oportunamente, teniendo en cuenta la Ley 2213 del 13 de junio de 2022 (Por medio de la cual se establece la vigencia permanente del Decreto Legislativo 806 del 04 de junio de 2020), se
RESUELVE
1. ADMÍTIR la apelación presentada por la parte demandante en contra de la sentencia proferida el 11 de julio de 2024 por el Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de Cali, repartida a este Despacho el 01 de agosto de 2024, en la que se accedió a las pretensiones (Art. 322 C.G.P. concordante con el Art.12 de la Ley 2213 de 2022). 2. ADVIÉRTASE a las partes que la sustentación del recurso y la réplica deben remitirse al correo institucional sscivcali@cendoj.ramajudicial.gov.co de la manera y dentro de los términos dispuestos en la Ley 2213 de 2022.
NOTIFÍQUESE. JORGE JARAMILLO VILLARREAL Magistrado.