TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL BUCARAMANGA Sala Primera de Decisión Laboral ELVIA MARINA ACEVEDO GONZÁLEZ Magistrada Sustanciadora AOL-481 radicado único: 68081-31-05-001-2022-00288-01 Bucaramanga, nueve (08) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Viene del Juzgado Primero Laboral del Circuito de Barrancabermeja, en apelación el auto proferido el 05 de septiembre de 2024, dentro del proceso ordinario laboral promovido por Carin Bibiana Múnera Betancur, contra Juan Carlos Bernal García y la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., como listisconsorte necesario.
Siendo procedente el recurso impetrado por la demandante Carin Bibiana Munera Betancur, de conformidad con lo previsto en el artículo 65 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por el artículo 29 de la Ley 712 de 2001, se procederá a admitir la alzada referenciada, en consonancia con lo establecido en el canon 13 de la Ley 2213 de 2022.
Por consiguiente, se DISPONE: Radicado interno: 2024-1168 1. ADMITIR la apelación del auto referenciado. 2. Ejecutoriado el presente auto, por Secretaría, SURTIR EL TRASLADO a las partes para alegar, en los términos del numeral 2° del artículo 13 de la citada ley1. 3. Cumplido lo anterior, INGRESAR el proceso AL DESPACHO para proferir providencia escrita.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ELVIA MARINA ACEVEDO GONZÁLEZ 1 Artículo 13. “[…] 2. Cuando se trate de apelación de un auto se dará traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días y se resolverá el recurso por escrito”. Firmado Por: Elvia Marina Acevedo Gonzalez Magistrada Sala 05 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0fcd0ef74729b8c68cdbfe13532bbafd032c37650effa31dffa69fc1c2a691d2 Documento generado en 09/10/2024 03:12:29 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica