TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL BUGA SALA LABORAL PROCESO DEMANDANTE DEMANDADO RADICACION ORDINARIO LABORAL – SEGUNDA INSTANCIA SANDALIO BUSTAMANTE RIASCOS DISTRITO DE BUENAVENTURA 76-109-31-05-003-2020-00025-01 AUTO No. 013 Guadalajara de Buga, nueve (09) de marzo de dos mil veintiséis (2026). OBEDÉZCASE Y CÚMPLASE lo resuelto por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, Corporación que, en providencia del 26 de noviembre de 2025, decidió NO CASAR la sentencia No. 124, proferida por esta Sala Laboral el 30 de septiembre de 2024.
Las costas y agencias en derecho se liquidarán tal y como se indicó en la providencia de primera instancia; esto es: a cargo del demandante SANDALIO BUSTAMANTE RIASCOS y a favor del demandado DISTRITO DE BUENAVENTURA. En lo que corresponde a la sentencia de segunda instancia y el recurso extraordinario de casación, no se fijaron costas ni agencias en derecho.
En consecuencia; liquídense en los términos dispuestos en el artículo 366 del Código General del Proceso. No habiendo más que resolver, se ordena el regreso del proceso al lugar de origen, previa cancelación en los libros respectivos.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firma electrónica GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9a6a9a71425b0bd901fdc39824ba286da3c968b0842a132627c1e343f09fa37d Documento generado en 09/03/2026 01:13:39 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica