Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 73.061 Auto Devuelve

Sala: SALA LABORAL

Rad. Único: 08-001-31-05-004-2020-00156-00 Rad.Int. 73.061 TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA SEGUNDA DE DECISIÓN LABORAL MAGISTRADO: CÉSAR RAFAEL MARCUCCI DÍAZ GRANADOS Barranquilla – Atlántico, dieciséis (16) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) RADICACIÓN: 08-001-31-05-004-2020-00156-01 RAD. INTERNO: 73.061 TIPO DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL.

DEMANDANTE: ELBER ANTONIO MIRANDA BARRERA. DEMANDADO: FULL CAR AUTOLAVADO 93 Sería del caso entrar a resolver el recurso de apelación interpuesto por el demandado FULL CAR AUTOLAVADO 93 contra la sentencia de fecha 31 de enero de 2023, dictada por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Barranquilla, no obstante, se observa que, después de celebrada la audiencia de trámite y juzgamiento estipulada en el artículo 80 del C.P.T.S.S., fue presentada una solicitud de nulidad contra dicha diligencia, sin que fuera resuelta por el a-quo.

En razón a ello se ordena, por secretaría de ésta Sala, la devolución del expediente al Juzgado de origen a efecto de que proceda a emitir el pronunciamiento que en derecho corresponda respecto de la solicitud de nulidad, presentada por el demandado FULL CAR AUTOLAVADO 93. Cumplido lo anterior y respetado el debido proceso vuelvan los autos a este despacho para lo pertinente.

NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE. CESAR RAFAEL MARCUCCI DIAZ GRANADOS Magistrado 1