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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 047 2023 00675 01DR ZAMUDIO AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., veintidós (22) de octubre de dos mil veinticinco (2025) Proceso N.° Clase: Ejecutante: Ejecutado: 110013103047202300675 01 EJECUTIVO SINGULAR SCOTIABANK COLPATRIA S.A. SOLEI PATRICIA BERNAL Y ANDRÉS JULÍAN SCHNEIDER BAUTISTA Con fundamento en los artículos 322 (incisos 2° y 3º del numeral tercero), 323 y 327 (último inciso) del Código General del Proceso, se ADMITE, en el efecto devolutivo, el recurso de apelación que la demandante impetró contra la sentencia que el 15 de septiembre de 2025, profirió el Juzgado 47 Civil del Circuito de Bogotá, mediante la cual, se declaró no probadas las excepciones formuladas por la pasiva y se ordenó seguir adelante con la ejecución. En oportunidad, la secretaría controlará los traslados de que trata el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 para que la apelante sustente su alzada y su contraparte eventualmente la descorra, luego de lo cual el asunto ingresará al despacho para resolver lo pertinente.

So pena de los efectos procesales correspondientes, la sustentación de la alzada admitida versará, únicamente, sobre los reparos concretos que se presentaron contra el fallo de primer grado, conforme lo regula el precepto en cita y la jurisprudencia (CSJ. SC3148-2021 y STC12927-2022). Las partes harán llegar sus respectivos escritos al correo electrónico de la secretaría: secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co

NOTIFÍQUESE El magistrado, MANUEL ALFONSO ZAMUDIO MORA (firma electrónica) Firmado Por: Manuel Alfonso Zamudio Mora Magistrado Sala 005 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 210fa55410f11969967595886047986f298400606b498d7ac79ac5fc11fad4eb Documento generado en 22/10/2025 04:37:49 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2