Micelio

auto — Tribunal Superior de Montería

Radicado: 08AutoConcedeTérmino

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MONTERÍA SALA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA LABORAL FOLIO 0008-2026 RADICACIÓN No. 23001310300420240013904 Montería, trece (13) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Con fundamento en el Decreto Legislativo 806 de 2020, hoy Ley 2213 de 2022:

RESUELVE

Primero: ADMITIR el recuso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia. En consecuencia, se DA TRASLADO a la parte que apeló, para que, por escrito presentado dentro del término de cinco (5) días hábiles siguientes a la ejecutoria del presente auto, radique sus alegatos de conclusión si a bien lo tiene. Segundo: Vencido el traslado establecido en el numeral que antecede, se concede traslado por el mismo término a los demás sujetos procesales dando alcance a lo consagrado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, a efectos que se presenten sus alegatos de conclusión. Tercero: El presente auto se deberá notificar por estados, en la forma establecida en la Ley 2213 de 2022.

NOTÍFIQUESE Y CÚMPLASE ANDRÉS FELIPE ANGARITA MONTES Conjuez Ponente 1