TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D. C., veinte (20) de marzo de dos mil veintiséis (2026) Proceso: Radicación N.°: Demandante: Demandado: VERBAL 110013103026202100177 02 SERVICIO DE INGENIERIA CONSTRUCCIONES EMPRESA NACIONAL PROMOTORA DESARROLLO TERRITORIAL Y DEL ADMITIR el recurso de apelación formulado por el extremo demandado contra la sentencia proferida por escrito el 18 de diciembre de 2025, por la Juez 26 Civil del Circuito de Bogotá, de conformidad con las previsiones del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.
Por lo anterior, CONCEDER a la recurrente el término de cinco (5) días contados a partir de la ejecutoria de esta providencia, para que proceda a SUSTENTAR los reparos concretos que formuló ante la autoridad de primera instancia; transcurrido dicho lapso, se CORRERÁ TRASLADO a la contraparte por el mismo plazo, para que, si a bien lo tiene, efectúe la réplica.
Advertir a la apelante que, en ese lapso y en esta instancia deberá sustentar los reparos concretos que formuló en primer grado, pues en caso de guardar silencio, se declarará desierto el recurso de alzada, como dispone el artículo citado. Para todos los efectos, el ÚNICO correo institucional habilitado para recibir el escrito de sustentación es secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co Rad. 110013103026202100177 02 Finalmente, PRORROGAR en seis (6) meses el término para decidir la apelación, dado el alto número de asuntos asignados al Despacho.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Firmado Por: Martha Isabel Garcia Serrano Magistrada Sala 021 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ae38b89d4211e8216351e1b6d35ca58ae0421680234411f317cfd715f44958bf Documento generado en 20/03/2026 04:28:20 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2