08-001-31-05-014-2021-00232-01 <R.I.72.400> REPÚBLICA DE COLOMBIA- RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA UNO DE DECISIÓN LABORAL PROCESO: ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE: VÍCTOR MANUEL PEÑA SÁNCHEZ DEMANDADA: EMPRESA DE DESARROLLO URBANO DE BARRANQUILLA Y LA REGIÓN CARIBE S.A. “EDUBAR S.A” C.U.I: 08-001-31-05-014-2021-00232-01 <R.I.72.400> MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA MARÍA FANDIÑO DE MUÑIZ Barranquilla, veintisiete (27) de febrero del año dos mil veinticinco (2.025).
Obedézcase y cúmplase lo resuelto por la Honorable Sala de Casación Laboral, Sala de Descongestión No.3 de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia CSJ SL193-2025, del 12 de febrero de 2025, con radicación No.08001-31-05-014-2021-00232-01 (sic), M.P. Dra. Jimena Isabel Godoy Fajardo, mediante la cual NO CASA la sentencia del 5 de abril de 2024, proferida por esta Sala de Decisión. De conformidad con el Acuerdo No. PSAA16 – 10554 de agosto 5 de 2.016, expedido por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y con los artículos 365 y 366 de la Ley 1562 de 2012- C.G.P., fíjese la suma de $2.600.0001, como agencias en derecho impuestas a cargo de la demandada Empresa de Desarrollo Urbano de Barranquilla y la Región Caribe S.A. “EDUBAR S.A”., a favor del demandante, Víctor Manuel Peña Sánchez.
Ejecutoriado este auto, se dispone que, por la Secretaría de la Sala Laboral, se devuelva oportunamente el expediente digitalizado que fue creado y compartido por la Corte Suprema de Justicia en el aplicativo Gestor Documental, con destino al Juzgado de origen, para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Claudia Maria Fandiño De Muñiz Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 3 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico 1 2 SMLMV al momento del fallo de segunda instancia. 08-001-31-05-014-2021-00232-01 <R.I.72.400> Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 71acf11ee375d5565ffff7a9b1552982e7ca302ccda16e41d5a7b6500cf15ad7 Documento generado en 27/02/2025 12:43:15 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica