REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIALSANTA MARTA SALA CIVIL - FAMILIA Magistrada Sustanciadora: Dra. MARTHA ISABEL MERCADO RODRÍGUEZ Santa Marta, diecinueve (19) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) VERBAL (RCE) 47.001.31.53.005.2019.00028.01 De conformidad con lo establecido en los Arts. 322 y 323 del C. G. del P., y el canon 12 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, se admite en el efecto suspensivo1 el recurso de apelación interpuesto por el extremo activo frente a la sentencia dictada en audiencia el 13 de agosto de 2024, por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Santa Marta, al interior del proceso verbal de responsabilidad civil extracontractual promovido por Mijaíl José y Mayra Alejandra Montalvo Russo, Alcira Soraya Russo de Montalvo y Kellys Marina Hinojosa Romero contra la Clínica de la Mujer S.A. y Compañía Colombiana de Salud – COLSALUD S.A., a la que fue llamada en garantía Allianz Seguros S.A. Se le advierte a la parte apelante que, de conformidad con la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, deberá sustentar el recurso formulado a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de esta providencia. De la sustentación se correrá traslado a la parte contraria por el término de cinco (5) días.
Si no se sustenta oportunamente la alzada, se declarará desierta.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARTHA ISABEL MERCADO RODRÍGUEZ Magistrada Marta Isabel Mercado Rodriguez Firmado Por: 1 Como fue concedida en audiencia celebrada el 13 de agosto de 2024, no así lo plasmado en el acta de esa diligencia en donde se indicó que el efecto era el devolutivo. Magistrada Sala Civil Familia Tribunal Superior De Santa Marta - Magdalena Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: fe1773737a5458bc77dcbdd43cd4132d9678b95b44e49f84a105e8e8410935de Documento generado en 19/09/2024 03:06:31 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica