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auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 72.865 Auto requiere

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DE BARRANQUILLA – SALA LABORAL DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ MAGISTRADO PONENTE RADICACIÓN UNICA 08-001-31-05-001-2021 - 00135-00 RADICACIÓN INTERNA 72.865 TIPO DE PROCESO ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE LUCY ADRIANA VÁSQUEZ FONTALVO DEMANDADO FUNDACIÓN GRUPO ESTUDIO BARRANQUILLA Barranquilla, once (11) de marzo de dos mil veinticinco (2025).

Sería del caso pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 12 de agosto de 2022, proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Barranquilla, sin embargo, revisado el expediente se extraña la audiencia que trata el artículo 77º del C.P.T.S.S., llevada a cabo el 7 de mayo de 2022, así como la que trata el artículo 80º celebrada el día 17 de julio de 2022, motivo por el cual se requerirá a la A quo, para que en el término de cinco (3) días hábiles, remita la mencionada pieza procesal en formato audiovisual indicado para la incorporación de las audiencias virtuales en el expediente digital.

Sobre lo anterior, el Consejo Superior de la Judicatura publicó el protocolo de tratamiento de la información de los expedientes digitales denominado “Expediente electrónico y dimensionamiento para la transformación digital judicial- Anexo junio 2020”. Allí, se establece que “los archivos de grabación generados se deberán incorporar automáticamente al expediente del proceso como mensaje de datos a través de un testigo documental”.

Entiéndase como testigo documental el denominado “Formato de Referencia Cruzada”, dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura para toda la rama judicial.

RESUELVE

Por secretaría, REQUIÉRASE al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Barranquilla, para que, en el término de 3 días hábiles, contados a partir del recibo de la respectiva comunicación, remita a esta Corporación la pieza procesal señalada en el exordio de este proveído para proceder con el respectivo trámite que corresponde.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. t DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ Magistrado Firmado Por: Diego Guillermo Anaya Gonzalez Magistrado Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ff51c0653c9ef4aff5d2699d725cc01a4ad65399510980ef331c015f9d0abded Documento generado en 11/03/2025 10:21:32 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica