R.I. 16606 República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá D.C., veintiséis (26) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) Rad. 11001-3103-003-2013-00715-02 Revisadas las actuaciones en el expediente digital aportado, el Tribunal DISPONE:
PRIMERO: ADMITIR los recursos de apelación interpuestos por Jorge Eliécer Gómez Benavides1 – demandante, y Comercial Caracol en Liquidación - demandado2 contra la sentencia proferida el 9 de febrero de 20243, por el Juzgado Cuarenta y Cinco Civil del Circuito de Bogotá.
SEGUNDO: IMPRIMIR a este proceso el trámite consagrado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, para resolver la apelación instaurada contra el fallo de primer grado.
TERCERO: De conformidad con el inciso 3° del artículo 12 ibidem, se corre traslado por el término de cinco (5) días al apelante para que sustente los reparos que, de manera concreta formuló contra la sentencia del A quo, so pena de declararse desierto el recurso. Una vez presentado el escrito de sustentación, córrase traslado al extremo contrario por el término antes indicado.
CUARTO: Cumplido lo anterior ingrese las diligencias al Despacho para continuar con el trámite correspondiente. Notifíquese, (firma electrónica) STELLA MARÍA AYAZO PERNETH Magistrada 1 Archivo “60RecursoApelacionParcial”, C-1 C-1 3 Archivo “58SentenciaAcogePretenciones” C-1. 2 Archivo “59RecursoApelacion” Firmado Por: Stella Maria Ayazo Perneth Magistrada Sala 04 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4aa6db246f83e56b2ee1ca6c3d4635ff8533d191a6d90cb7a5bc404e2da2e42d Documento generado en 26/08/2024 09:13:26 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica