REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACÁ TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE TUNJA SALA CIVIL – FAMILIA Ref.: Pertenencia Rad. 1ª Inst. 15001-31-53-003-2019-00081-00 Rad. 2ª Inst. 15001-31-53-003-2019-00081-01 Rad. Int. 2025-0082 DEMANDANTES: PEDRO CUEVAS ÁVILA, DARÍO CUEVAS ÁVILA, SOLEDAD CUEVAS ÁVILA, CARMEN CUEVAS ÁVILA Y OMAIRA LUCÍA CUEVAS ÁVILA DEMANDADOS: GUILLERMO LEÓN CUEVAS LOZANO, MARÍA ERLINDA GONZÁLEZ AMAYA Y JOSÉ ÁLVARO AMAYA AYALA Y OTROS.
Tunja, cuatro (04) de marzo de dos mil veinticinco (2025) Debido a que atiende los requisitos legales de los artículos 321 y 322 del C.G.P., se resuelve ADMITIR, en el efecto SUSPENSIVO, el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia del 05 de febrero de 2025, proferida por el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE TUNJA.
En virtud de lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo (2º) del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, se concederá a los recurrentes el término de cinco (5) días, contados a partir de la ejecutoria de la presente decisión, para que sustenten el recurso interpuesto contra la sentencia emitida en primera instancia, so pena de declararlo desierto.
El escrito deberá remitirse dentro del horario laboral establecido para este Distrito Judicial, esto es, de las 8 a.m. a 12 m y de las 1 p.m. a las 5 p.m., única y exclusivamente al correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil - Familia de este Tribunal: sscftstun@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE BERNARDO ARTURO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ Magistrado. 1 Firmado Por: Bernardo Arturo Rodriguez Sanchez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Civil Familia Tribunal Superior De Tunja - Boyaca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5f7d203b47b16709be12e900607cd7ae448742bcbd9ad7e7e6215ba645636a2c Documento generado en 04/03/2025 05:05:28 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica