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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 028 2016 00712 01 DRA GALVIS AUTO ORDENA DEVOLVER

Sala: SALA CIVIL

República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá, D.C. Sala Civil REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, D.C. SALA CIVIL Bogotá, D.C., once de noviembre dos mil veinticinco. Proceso: Demandante: Demandado: Radicación: Procedencia: Asunto: Verbal- Reivindicatorio Prodomed Limitada Fundación Universitaria San Martín. 110013103028201600712 02 Juzgado 28 Civil del Circuito de Bogotá Apelación sentencia Realizado el examen preliminar del asunto, a tono con el artículo 325 de la Ley 1564 de 2012, se impone retornar el expediente a la autoridad judicial de origen, por los siguientes motivos: 1.

Revisado el archivo digital obrante en la carpeta 001Principal “001.DemandaPrincipal1-88.pdf”, se observan saltos en la numeración manuscrita1, así como números que no son claros en su secuencia dada su caligrafía situación que debe ser verificada y corregida a efectos de establecer sí se trata de un error o sí, por el contrario, hay piezas procesales faltantes que deban ser incorporadas al expediente.

Adicionalmente, se divisa que los folios digitalizados no se muestran en su integridad, en tanto no es posible visualizar su contenido completo, ya que aparecen los textos seccionados2. Situación que se repite con el archivo obrante en la carpeta digital 002DEMANDARECONVENCION, “001Demanda Recnvención698.pdf”3, además de encontrar algunas páginas consecutivas sin numeración alguna4, sin que pueda identificarse si corresponden a anversos, y en algunos con secuencias repetidas5. 1 Ver folio digital 185 y siguientes, cuaderno principal 2 Ver folios digitales 123 a 139, 241, 253 a 269, 273, 281, 283 a 301, cuaderno principal 3 Ver folios digitales 230 a 237285cuaderno principal 4 Ver folios digitales 309, y siguientes, cuaderno principal. 5 Ver folios 331 y siguientes, 401, 408, 485, 520 a 528 cuaderno principal 11001310328201600712 02 1 República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá, D.C. Sala Civil De otra parte, en la referida carpeta reposan veintiséis (26) archivos digitales; sin embargo, no hay una secuencia cronológica respecto de los audios identificados como “009_2016007120001_20220803_090000_V08_03_2022_03 _05” y “0010_010CP_0522101705802”, véase que se registra el proveído del 31 de agosto de 20236, y seguidamente las mencionadas grabaciones magnetofónicas que según su contenido corresponden a las vistas públicas efectuadas en los años 2019 y 2022.

Es por eso que dichos archivos deben ser organizados y renombrados de manera que permitan identificar la fecha correspondiente y el acta a la cual pertenecen. Lo anterior también debe efectuarse, respecto las 30 grabaciones obrantes en la carpeta “004AUDIENCIAS2022-2023”. 2. En consecuencia, se dispondrá la devolución de la actuación al Juzgado de origen, para que, proceda a incorporar las piezas faltantes en el plenario e incorporarlas al mismo conforme la Circular PCSJC20-27 de 2020 Anexo 1 (Protocolo para la gestión de documentos electrónicos, digitalización y conformación del expediente.

Plan de digitalización de expedientes) y el Acuerdo PCSJA24-12185 de 2024, organice debidamente la documental y proceda con la integración del expediente con las piezas procesales que deben conformarlo, según las observaciones anotadas. Lo anterior, sin soslayar ni excusar la obligación que recae en la autoridad judicial de primera instancia de verificar y certificar que el sumario esté correcta y completamente conformado previo a su remisión al superior.

Notifíquese, RUTH ELENA GALVIS VERGARA Magistrada Firmado Por: Ruth Elena Galvis Vergara Magistrada Sala Civil Pdf008AutoOrdenaRealizarEmplazamiento, C002DEMANDARECONVENCION, Cuaderno principal, 6 11001310328201600712 02 2 Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 14877ad85a9d0e6c0d432f9f013410409ea6cb2832208e093e77ea83000453b7 Documento generado en 11/11/2025 02:45:25 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica