Micelio

auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: 12 I231-Admite2021-00118

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL Auto Interlocutorio N° 231 Radicación No. 76-109-31-05-003- 2021-00118-01 Guadalajara de Buga, dieciséis (16) de junio de dos mil veinticinco (2025). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante contra el auto interlocutorio N°217 del 21 de mayo de 2025, mediante el cual negó el decreto de una pruebas; providencia proferida por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Buenaventura – (V.), dentro del Proceso Ordinario Laboral de Primera Instancia promovido por EDUARD IVÁN ALVARADO PIAGUAJE contra ZONA EXPANSION LOGISTICA ZELSA SAS, SIDERURGICA DE OCCIDENTE –SIDOC- SAS, JAVIER GONZÁLEZ GÓMEZ.

Providencia susceptible del recurso de apelación de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 65 del CPT y de la SS. Córrase traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días. Notifíquese en estado Firma Electrónica GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0a6ee588e33293faf98d0ec1005749cd393d7a426ba6a42d259fa9adf10e8a3b Documento generado en 16/06/2025 02:00:15 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica