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auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 0487-2025 AutoAdmiteApelacionSentencia EDMP

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Se Advierte

REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL – DESPACHO 06 Bucaramanga, miércoles veinticuatro (24) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Proceso: Demandante: Accionado: Radicado: Interno: Tema: Decisión: Ordinario Laboral Buenaventura de Jesús Rincón Castro INGENIERIA INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES DE SANTANDER INGERCONSA S.A.S. 68001-31-05-001-2021-00468-01 2025-487 Contrato Laboral - Acreencias – Indemnización Moratoria Auto Admisorio ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada INGENIERIA INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES DE SANTANDER INGERCONSA S.A.S., contra la sentencia proferida en audiencia del veintinueve (29) de abril de 2025 por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bucaramanga.

EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a la parte apelante para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días. VENCIDO el término anterior, empezará a CORRER igual término a las demás partes como no apelantes con el mismo objeto. Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.

Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: da0da558682f9add3c9af78f64ceb6a996ed797e6dcdbcea9328aad193f55f7d Documento generado en 24/09/2025 12:19:59 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica