Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05088310300220190013601 AutoAdmiteApelación

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA CIVIL Medellín, veintiocho (28) de abril de dos mil veinticinco (2.025). Ref. Exp. 05088 31 03 002 2019 00136 01 Proceso: Demandantes: Demandados: Extracto: Responsabilidad Civil Extracontractual. LUIS ARGIRO GALLO MEJIA y otros. METROMOVIL S.A.S. y otros. Admite apelación. Surtido el examen preliminar, se ADMITE el recurso de apelación formulado por la parte DEMANDANTE, contra la sentencia de primera instancia calendada el siete (7) de abril de dos mil veinticinco (2025), proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bello.

Sobre el efecto en que se concedió la alzada, si bien en el acta pertinente se dijo que lo mismo era “en el efecto devolutivo”, en la audiencia claramente se expresó que era en el “SUSPENSIVO” (ver minuto 42 grabación), por lo que como tal se considera, sin que sea necesario hacer el ajuste previsto en el inciso final del artículo 325 del C. G. del P..

En atención al artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto o el que según el caso niegue solicitud de pruebas, el recurrente deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes, so pena de declarar desierta la alzada. Si se cumple con la sustentación, de ella se correrá traslado por el término de cinco (5) días tanto a la parte DEMANDADA como a los LLAMADOS EN GARANTIA, para que se pronuncien sobre aquella.

Cumplido lo anterior se realizará proyecto para ser sometido al estudio de la Sala de Decisión. Notifíquese. JOSÉ OMAR BOHÓRQUEZ VIDUEÑAS MAGISTRADO Firmado Por: Jose Omar Bohorquez Vidueñas Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 007 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7c7d408bf505efd64f2c07d0b629971b3f925ef68861e71d59409ae8031f9115 Documento generado en 28/04/2025 08:32:15 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica