Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: 2025-00050-00RequiereProceso

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Recurso Extraordinario de Revisión. Rad. 2025-00050-00. REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ SALA CIVIL – FAMILIA Ibagué, veinticinco (25) de febrero de dos mil veinticinco (2025) Demandantes: Sandra Liliana Rubio y otro. Radicación: 73001-22-13-000-2025-00050-00. De conformidad con lo señalado en el artículo 358 del Estatuto General del Proceso, se ordena oficiar al Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Ibagué, para que en el término máximo e improrrogable de tres (03) días allegue a este Despacho el enlace contentivo del proceso de servidumbre de radicado 73001-31-03-004-2023-0016400 promovido por Celsia Colombia S.A. E.S.P. Cumplido lo anterior se resolverá sobre la admisibilidad del remedio extraordinario.

Notifíquese, Firmado Por: Juan Fernando Rangel Torres Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: cc960bd958067d05bb8f8cad578968dd41b31a2c481257eea89e19597f581d8e Documento generado en 25/02/2025 10:15:47 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica