República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, D.C. SALA CIVIL DE DECISIÓN Bogotá, D.C., tres (3) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) 11001-31-03-021-2019-00172-02 Teniendo cuenta que el Juzgado de primer orden dio cabal cumplimiento a lo ordenado en el auto del 22 de octubre de 2024, este Tribunal dispone la reanudación de los términos de que trata el artículo 121 del C.G.P. En consecuencia, por encontrarse legalmente procedente, el Despacho dispone: Admitir en el efecto DEVOLUTIVO, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, en contra de la sentencia proferida el 20 de agosto de 2021, por el Juzgado Veintiuno Civil del Circuito de Bogotá. Una vez cobre ejecutoria la presente decisión, contrólense los términos con los que cuenta el aquí apelante para sustentar la alzada formulada, conforme lo consagra el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.
Transcurrido este lapso, de la sustentación presentada se correrá traslado a la parte contraria por el término de cinco (5) días, a fin de que, si a bien lo tiene, se pronuncie frente a las manifestaciones elevadas por la impugnante. Por Secretaría, una vez vencidos los mencionados términos, ingrese el expediente al Despacho, con el propósito de emitir la decisión que en derecho corresponda.
Las partes allegarán el escrito sustentatorio y su réplica, a la dirección de correo electrónico secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co.
NOTIFÍQUESE, ANGELA MARÍA PELÁEZ ARENAS Magistrada Firmado Por: Angela Maria Pelaez Arenas Magistrada Sala 009 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 272ad3d2b0c5468c8bd708b38da5689c50ba7d0452af7b9cd8b4298595c1863e Documento generado en 03/12/2024 04:55:09 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica