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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 11001310300120230047701_DraGarciaAutoAdmiteRecurso

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D. C., veintinueve (29) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Proceso: Radicación N.°: Demandante: Demandado: RESPONSABILIDAD CIVIL 11001310300120230047701 MARÍA FERNANDA HERNÁNDEZ CAMACHO Y OTROS NORVEYN SALVO LÓPEZ Y OTROS ADMITIR el recurso de apelación formulado por ambos extremos de la litis contra la sentencia proferida el 30 de abril de 2026, por el Juzgado 1° Civil del Circuito de Bogotá, de conformidad con las previsiones del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.

Por lo anterior, CONCEDER a las partes recurrentes el término de cinco (5) días contados a partir de la ejecutoria de esta providencia, para que procedan a SUSTENTAR los reparos concretos que formularon ante la autoridad de primera instancia; transcurrido dicho lapso, se CORRERÁ TRASLADO a la contraparte, respectivamente y por el mismo plazo, para que, si a bien lo tiene, efectúe la réplica.

Advertir a los apelantes que, en ese lapso y en esta instancia deberán sustentar los reparos concretos que formularon en primer grado, pues en caso de guardar silencio, se declararán desiertos los recursos de alzada, como dispone el artículo citado. Para todos los efectos, el ÚNICO correo institucional habilitado para recibir el escrito de sustentación es secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co Rad. 11001310300120230047701 Finalmente, PRORROGAR en seis (6) meses el término para decidir la apelación, dado el alto número de asuntos asignados al Despacho.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Firmado Por: Martha Isabel Garcia Serrano Magistrada Sala 021 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5537f27674e8519b5a314a320c5b5789a4267a882a92a7e5a25ce9626aee4dd3 Documento generado en 29/05/2026 02:01:18 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica