Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 052-2024-00238-01 ADMITE DEVOLUTIVO

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D.C., veintiséis (26) de junio de dos mil veinticinco (2025) Proceso Demandante Demandado Radicado Instancia Decisión Expropiación Agencia Nacional de Infraestructura Municipio de Vegachí (Ant.) 11001 31 03 052 2024 00238 01 Segunda instancia – apelación sentencia Admite recurso De conformidad con lo reglado por los artículos 322 y 323 del Código General del Proceso en armonía con el canon 12 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida el 21 de abril de 2025, por el Juzgado 52 Civil del Circuito de Bogotá. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este proveído, deberá sustentarse el recurso a través del correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil de este Tribunal1, atendiendo lo estatuido por el precepto 109 del compendio procesal, so pena de declararse desierto.

Presentada en oportunidad la sustentación, córrase traslado por cinco (5) días a la parte contraria. Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado Firmado Por: Jaime Chavarro Mahecha Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., 1 secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co. Exp. 11001 31 03 052 2024 00238 01 Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: aabde203fa66ac6a997271fff1b2651530a0f3cc3ce967aae9e04aba806ccf69 Documento generado en 26/06/2025 11:53:39 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica