R.I. 16718 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ - SALA CIVIL Bogotá D.C., dieciocho (18) de marzo de dos mil veinticinco (2025) Magistrada Ponente. Stella María Ayazo Perneth 16718 - 005 1997 14302 08 Proceso Demandante Demandado Radicado Instancia Asunto Ejecutivo Banco Comercial AV Villas Rodolfo Muller Vásquez y otro. 110013103005199714302 08 Segunda Nulidad Remitido el expediente reorganizado a esta Judicatura, se ha constatado que efectivamente existe una solicitud de nulidad presentada por el Banco Comercial AV Villas el 11 de enero de 20231, la cual no ha sido objeto de pronunciamiento judicial hasta la fecha.
Sin embargo, se denota que i) el expediente arribó a esta instancia con el propósito exclusivo de examinar los reparos formulados contra la sentencia proferida el 4 de septiembre de 2019 por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de esta ciudad; y ii) la petición se dirige a “decretar la nulidad de lo actuado en el presente incidente de perjuicios”.
En consecuencia, con el fin de garantizar el principio de doble instancia que les asiste a las partes, el Tribunal dispone REMITIR la solicitud en comento al Juzgado Quinto Civil del Circuito de Bogotá para lo de su competencia. Notifíquese y cúmplase, (firma electrónica) STELLA MARÍA AYAZO PERNETH 1 Véase archivo 0007SolicitudNulidad de la carpeta C03IncidenteLiquidacionPerjuicios de la carpeta 01PrimeraInstancia expediente digital.
Rad. 110013103005199714302 08 Magistrada Firmado Por: Stella Maria Ayazo Perneth Magistrada Sala 04 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 3ffc06542ae5fec00a4dadf5b7a138ebc984cae3e4bbc4b3ceef311e84a69a0e Documento generado en 18/03/2025 05:05:19 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica