Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 009-2020-00221-01 DR ACOSTA AUTO REPROGRAMA AUDIENCIA

Sala: SALA CIVIL

Bogotá D.C., dieciséis (16) de junio de dos mil veinticinco (2025) DEMANDANTE DEMANDADOS CLASE DE PROCESO MOTIVO DE ALZADA BANCOLOMBIA S.A. FIDUCIARIA BANCOLOMBIA S.A. en calidad de vocera y administradora del FIDEICOMISO P.A. PROYECTO PALO DE AGUA, HENRY LEONARDO PICO ENCISO y BAU HAUS NEGOCIOS Y PROYECTOS S.A.S. EJECUTIVO con pagaré en blanco.

APELACIÓN DE SENTENCIA. Dado que Bancolombia S.A. entregó el 13 de junio de 2025 el dictamen pericial requerido, se hace indispensable reprogramar la audiencia para su contradicción. En consecuencia, se ordena a la Secretaría del Tribunal ponerlo «a disposición de las partes» por un término de 10 días (art. 231, C.G.P). Por ello, para contradecir el dictamen, atendiendo lo dispuesto en el artículo 231 del C.G.P. y el inciso 3 del artículo 12 de la ley 2213 de 2022, y realizar la exhibición de documentos, se señala la fecha del 10 de julio de 2025 a las 9:00 a.m. para celebrar audiencia presencial de contradicción y práctica de las demás pruebas de segunda instancia, en una sala de audiencias del Tribunal, la cual se les informará oportunamente.

A ella deben concurrir la obligatoriamente el perito. Notifíquese, Radicación Interna: 6564 R.A.B. # 11001310300920200022101 parte apelante, apoderados y