TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA SÉPTIMA CIVIL DE DECISIÓN Bogotá, D. C., veintiuno de marzo de dos mil veinticinco 11001 3199 003 2022 04116 02 Ref. acción de protección al consumidor financiero de Fundación San Antonio frente al Banco AV Villas S.A. Del expediente se observa que el juez accidental de primer grado concedió, en diferentes oportunidades, cuatro recursos de apelación contra providencias adoptadas en primera instancia: dos impugnaciones que incoó la parte opositora frente a los autos de 23 de mayo y 4 de agosto de 2023 y dos, provenientes de ambos litigantes contra la sentencia de 21 de mayo de 2024.
Sin embargo, las diligencias fueron asignadas al suscrito Magistrado como si únicamente estuvieran pendientes de tramitar las apelaciones que se interpusieron contra la sentencia de primer nivel. Por lo anterior, y en atención a lo que dispuso el Magistrado Manuel Alfonso Zamudio Mora al pronunciarse sobre el recurso de súplica que formuló la opositora contra el proveído que este despacho profirió el 29 de enero de 2025, con el que se admitieron los recursos de apelación que los extremos del litigio formularon contra la sentencia de 21 de mayo de 2024, se DISPONE: 1.
Ordenar a la secretaría del Tribunal que efectúe el ajuste pertinente en materia de reparto y abone las apelaciones que se concedieron contra los autos de 23 de mayo y 4 de agosto de 2023 (consecutivos 03 y 04). 2. Cumplido lo anterior, el expediente reingresará el despacho del suscrito Magistrado. Cúmplase 1 OFYP 2022 04116 02 ÓSCAR FERNANDO YAYA PEÑA Magistrado Firmado Por: Oscar Fernando Yaya Peña Magistrado Sala 011 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2bc6ecfa6c3d7d886e98c195d8b6ae0a609bd075d72ff97fb73b507fc19f3d3d Documento generado en 21/03/2025 10:25:25 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2 OFYP 2022 04116 02