Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 023 2019 00522 01 Apelacion auto ord

Sala: SALA LABORAL

REFERENCIA: PROCESO ORDINARIO LABORAL RADICACIÓN: 05001 31 05 023 2019 00522 01 DEMANDANTE: CESAR OCTAVIO CASTAÑO MONTOYA, FRANCISCO JAVIER RAMÍREZ ECHAVARRÍA Y EDWIN RICARDO RUZ JARAMILLO DEMANDADO: EMPRESAS VARIAS DE MEDELLIN SA ESP Medellín, veintitrés (23) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024). AUTO Verificadas las actuaciones que anteceden, conforme lo establece el art. 82 del CPTSS, se dispone ADMITIR el(os) recurso(s) de apelación interpuesto(s) contra el auto emitido el 15 de mayo de 2024 por el Juzgado 23 Laboral del Circuito de Medellín. De otro lado, conforme con el art. 13 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriada dicha decisión, se ordena, en forma inmediata CORRER TRASLADO, a las partes por el término común de cinco (5) días, para que presenten sus alegaciones por escrito, a fin de resolver la apelación formulada contra el auto impugnado, mismas que deberán ser remitidas exclusivamente al correo electrónico: seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co Por Secretaría regresen las diligencias al Despacho una vez surtidos los traslados respectivos, con el objeto de emitir la decisión de segunda instancia por escrito.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, LUZ PATRICIA QUINTERO CALLE Magistrada (*) Hipervínculo de consulta de expediente digitalizado: https://etbcsjmy.sharepoint.com/:f:/g/personal/des17sltsmed_cendoj_ramajudicial_gov_co/EqssT4B8JFBO pWG8GoblWeoBhm-VUmTyMh5x1kepwtk3uA?e=T7qYdg Firmado Por: Luz Patricia Quintero Calle Magistrada Sala 017 Laboral Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5238f5075dcc3c8b3bd544b48f54723cdfb5f35906aaf3cd2d5108bae0b5c6d8 Documento generado en 23/09/2024 10:04:01 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica