REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL – DESPACHO 06 Bucaramanga, veintidós (22) de julio de dos mil veinticinco (2025) Proceso: Demandante: Accionado: Radicado: Interno: Tema: Decisión: ADMÍTASE el Ordinario Laboral NINFA ISABEL LA ROTTA DE HERRERA COLPENSIONES. 68001-31-05-003-2024-00168-01 2025-0813 Reliquidación Pensión Vejez Auto Admisorio recurso de apelación interpuesto por la demandada COLPENSIONES, respecto de la sentencia proferida el catorce (14) de julio de 2025 por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Bucaramanga.
Asimismo, se admite el Grado Jurisdiccional de Consulta en favor de COLPENSIONES, respecto de la sentencia proferida el catorce (14) de julio de 2025 por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Bucaramanga, por causa y ocasión de lo dispuesto en el art. 69 del C.P.T.S.S., Mod, Ley 1149 de 2007 art. 14. EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a la parte apelante y en cuyo favor opera la consulta para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días.
Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.
Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 3fb5477c72212c49cc130b319cab8a069ddb3bc8a5b14bb66312c0aa2ece67ce Documento generado en 22/07/2025 01:00:08 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica