Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 047-2021-00458-02 DR ACOSTA AUTO RESUELVE RECURSO SUPLICA

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Ricardo Acosta Buitrago

Bogotá, D. C., treinta y uno (31) de julio de dos mil veinticinco (2025) MAGISTRADO SUSTANCIADOR: RICARDO ACOSTA BUITRAGO DEMANDANTE DEMANDADO CLASE DE PROCESO ESPERANZA SÁNCHEZ SALAMANCA MAURICIO PÁEZ MANJARRES EJECUTIVO SINGULAR De conformidad con los artículos 321 y 331 del C.G.P. el despacho declara inadmisible la súplica subsidiariamente interpuesta por la parte activa contra el auto del 24 de junio del presente año proferido por la magistrada Adriana Ayala Pulgarín, a través del cual declaró «desierto el recurso de apelación interpuesto […] contra la sentencia del 5 de junio de 2025» (006AutoDeclaraDesierto).

Esto, pues dicha providencia no está prevista entre los supuestos de impugnación regulados por la pauta 331 ejusdem ni contemplada en norma especial alguna, como apelable. Como quiera que la censora había planteado inicialmente reposición, de acuerdo con el parágrafo del artículo 318 ibidem, se dispone que la inconformidad se tramite como tal.

Por tanto, se dispone a devolver la actuación a la magistrada sustanciadora para que resuelva como en derecho corresponda.

NOTIFIQUESE, Código Único de Radicación: 11001310304720210045802 Radicación Interna: 6682