Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310301320230029901 AutoAdmiteRecursoDeApelacion

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA CIVIL Medellín, diez (10) de octubre de dos mil veinticinco (2.025). Radicado: Proceso: Demandantes: Demandadas: 05001 31 03 013 2023 00299 01. Declarativo. VENUS TOBON CASTRO y otra. ANDREA VESGA WAGNER y otra. Surtido el examen preliminar y en el efecto concedido (DEVOLUTIVO), se ADMITE el recurso de apelación formulado por la parte DEMANDADA, contra la sentencia calendada el diecisiete (17) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), proferida por el JUZGADO TRECE CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLÍN. En atención al artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto o el que según el caso niegue solicitud de pruebas, la parte recurrente deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes, so pena de declarar desierta la alzada.

Si se cumple con la sustentación, de ella se correrá traslado a la parte DEMANDANTE, por el término común para estos de cinco (5) días. Cumplido lo anterior realícese proyecto de sentencia escrita para ser sometida al estudio de la Sala de Decisión. Notifíquese. JOSÉ OMAR BOHÓRQUEZ VIDUEÑAS MAGISTRADO Firmado Por: Jose Omar Bohorquez Vidueñas Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 007 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: fa85c5323c11c708046a8b4ec09cd6397dcaee5da4bc31f2878c0029f6e9a74a Documento generado en 10/10/2025 08:44:27 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica