Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 8 08001311000220220021801 04AUTOREQUIERE

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Ponente: Vivian Victoria Saltarín Jiménez

CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DEL ATLÁNTICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA SEPTIMA DE DECISIÓN CIVIL – FAMILIA Radicación: 00232-2024F (08001311000220220021801) Magistrada Sustanciadora: VIVIAN VICTORIA SALTARÍN JIMÉNEZ. Barranquilla, Marzo () del año Dos Mil Veintiséis (2026) Revisado el expediente de la referencia, con el propósito de proceder a desatar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra el auto proferido en audiencia celebrada el día 3 de diciembre de 2024 por el Juzgado Segundo de Familia de Barranquilla, dentro del proceso Verbal de Liquidatario de la Sociedad Conyugal adelantado por Mayra Luz Merlano Taguada, por conducto de su apoderada judicial Dra. Piedad Isabel Acuña Noriega, esta Sala advierte la necesidad de contar con la integridad del acervo procesal correspondiente al trámite de Divorcio previamente adelantado entre las partes, por cuanto el análisis del recurso de alzada exige la verificación de los antecedentes procesales y decisiones adoptadas en el proceso de divorcio, que resultan relevantes para una adecuada resolución del asunto sometido a consideración de esta Corporación. Así las cosas, y siendo deber del juez verificar la integridad de los elementos de juicio necesarios para proferir una decisión de fondo ajustada a derecho, y correlativo deber de las partes colaborar con el buen funcionamiento de la administración de justicia —máxime en el entorno del expediente digital regulado por la Ley 2213 de 2022—, resulta imperioso sanear esta deficiencia técnica.

Por lo anterior, esta sala unitaria RESUELVE:

PRIMERO: REQUERIR al Juzgado Segundo de Familia de Barranquilla para que, en el término perentorio de veinticuatro (24) horas siguientes a partir de la notificación de la presente providencia, haga llegar a este Despacho el enlace o vínculo digital, funcional, que contenga la totalidad del expediente correspondiente Dirección: Carrera 45 No. 44-12 Oficina 304 Teléfono: (5) 3885005 ext. 3028 Correo Electrónico: scf08bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico.

Radicación: 00232-2024F (08-001-31-10-002-2022-00218-01) Magistrada sustanciadora: Dra. Vivian Victoria Saltarín Jiménez al proceso de Divorcio adelantado entre las partes, asegurando su permanencia y disponibilidad para el estudio del recurso de apelación en esta segunda instancia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE VIVIAN VICTORIA SALTARÍN JIMÉNEZ Magistrada Sustanciadora Firmado Por: Vivian Victoria Saltarin Jimenez Magistrada Sala 007 Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4ace54c67875a539fa36e882a96483a7d599aec880c528586574780679db7cf7 Documento generado en 03/03/2026 02:29:28 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Dirección: Carrera 45 No. 44-12 Oficina 304 Teléfono: (5) 3885005 ext. 3028 Correo Electrónico: scf08bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico.