Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: RAD 79479 A AUTOADMITE

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Katia Villalba Ordosgoitia

Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Tribunal Superior de Barranquilla SICGMA SALA TERCERA DE DECISION LABORAL Barranquilla, doce (12) de mayo del dos mil veintiséis (2026). DEMANDANTE: MARIA ELENA SALCEDO NARVAEZ DEMANDADO: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES- COLPENSIONES y FUNDACION MEDICO PREVENTIVA PARA EL BIENESTAR SOCIAL S.A.S EXPEDIENTE: 08001310500420250015701 RADICACIÓN INTERNA: 79479-A MAGISTRADA PONENTE: KATIA VILLALBA ORDOSGOITIA De conformidad a lo ordenado en el Art. 13 de la Ley 1149 de 2007, que modificó el Art. 82 del C.P.T. y SS, se ADMITE la APELACIÓN de la sentencia proferida el día 11 de diciembre de 2025 por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Barranquilla.

En cumplimiento de lo ordenado en el Artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, por medio de la cual se establece la vigencia permanente del Decreto Legislativo 806 de 4 de junio de 2020, se dispuso, lo referente al trámite de recursos de apelación en materia laboral, estableciendo que el auto se proferirá de manera escrita, previo traslado a las partes por el término de cinco (5) días para alegar.

Por lo tanto, se ORDENA correr traslado a las partes y demás sujetos procesales, en los términos indicados en la norma. La sentencia se proferirá por escrito, la cual se notificará por estado.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE KATIA VILLALBA ORDOSGOITIA Magistrada Cra 45 N° 44-12 oficina 406- Tribunal Superior de Barranquilla www.ramajudicial.gov.co Correo:sl02bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Firmado Por: Katya Felicia Villalba Ordosgoitia Magistrado Sala 007 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 16cd3906e5a31bfb9aadb57198ce6474117ab2e6125f390d9c84de0eda3b8d8e Documento generado en 12/05/2026 01:06:00 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Cra 45 N° 44-12 oficina 406- Tribunal Superior de Barranquilla PBX: 3885005 Ext. 3031 www.ramajudicial.gov.co Correo:sl09bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico.

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