Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL DE DECISIÓN Medellín, veinticinco (25) de febrero de dos mil veinticinco (2025) Proceso: Radicado: Demandante: Demandada: Providencia: Sustanciador/ponente: Verbal- Reivindicatorio 05129 40 89 001 2015 00494 02 Luis Alfonso Acevedo Londoño y otro Luz Mery Betancur Acevedo Auto que admite apelación Ricardo León Carvajal Martínez Se admite el recurso de apelación formulado por la parte demandada frente a la sentencia pronunciada por el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CALDAS el 30 de octubre de 2024, en el proceso VERBAL con pretensión reivindicatoria adelantado por RUBÉN DARÍO ACEVEDO;
BEATRIZ, MARIO DE JESÚS, LUIS ORLANDO, NELLY DEL SOCORRO, BLANCA SONIA, LUZ MIRIAM, MARÍA EUGENIA y CLAUDIA MARÍA ACEVEDO RUÍZ; LUIS ALFONSO ACEVEDO LONDOÑO; LUIS HORACIO, GERARDO DE JESÚS, ÁLVARO DE JESÚS, CARLOS ENRIQUE, NUBIA DEL SOCORRO, MARÍA BERENICE y MARÍA EUCARIS ACEVEDO GONZÁLEZ; ROSMIRA ACEVEDO ATEHORTÚA; MARLENY DEL CARMEN ACEVEDO MONTOYA;
BLANCA NELLY, JUAN ESTEBAN, ELKIN HUMBERTO y ALIRIO DE JESÚS ATEHORTÚA ACEVEDO; LUISA MELISA BETANCUR ACEVEDO; y, LADY JANETH, LUIS FERNANDO, MARÍA ROSA y AMPARO CORREA ACEVEDO contra LUZ MERY BETANCUR ACEVEDO. De conformidad con lo previsto por el numeral 3°, inciso 2° del artículo 323 del Código General del Proceso en el efecto SUSPENSIVO.
Con lo estipulado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriado el presente auto, el apelante deberá presentar sus alegaciones dentro del término de cinco (5) días al cabo de los cuales se correrá traslado por Secretaría por cinco (5) Radicado Nro. 05129 40 89 001 2015 00494 02 Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” días a la parte contraria, sin perjuicio de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022.
NOTIFÍQUESE POR ESTADOS Y ELECTRÓNICAMENTE. RICARDO LEÓN CARVAJAL MARTÍNEZ MAGISTRADO Radicado Nro. 05129 40 89 001 2015 00494 02 Firmado Por: Ricardo Leon Carvajal Martinez Juez Sala 09 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 66693482c691a4075580610d549f3aee34b85c33bdb2a0c127eecb5e822520c4 Documento generado en 26/02/2025 03:12:58 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica