REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA CIVIL FAMILIA ASUNTO: NO. RADICACIÓN: DEMANDANTE(S): DEMANDADO(S): TIPO DE PROCESO: PROCEDENCIA: APELACIÓN SENTENCIA C-08001-31-53-014-2020-00003 -03 PROYECTOS URBANOS Y CONSTRUCCIONES DEL CARIBE S.A.S. ISAR S.A.S. CIVIL / EJECUTIVO JUZGADO CATORCE CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA Barranquilla, D. E. I. y P., primero (1°) de julio de dos mil veintiséis (2026) Se ADMITEN los recursos de apelación formulados por ambas partes contra la sentencia dictada el 16 de junio de 2026 por el Juzgado Catorce Civil del Circuito de Barranquilla.
La sustentación de los recursos deberá presentarse necesariamente en esta instancia, dentro del término de 5 días contados a partir de la ejecutoriada esta providencia, so pena de que se declare DESIERTO, conforme prevén los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del C. G. del P. En caso de ser sustentados oportunamente, la Secretaría correrá traslado de los escritos correspondientes a los no apelantes, en la forma y para los fines previstos en las normas antes aludidas.
Notifíquese y cúmplase. Firmado Por: John Freddy Saza Pineda Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: c6cdeac833ae612371d191ef95a8c6eb3412d8e5897b940ba90a64fd96968e01 Documento generado en 01/07/2026 02:42:25 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica