Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 027-2023-00243-03 DR FERRERIA AUTO RESUELVE SUPLICA RECHAZA DE PLANO

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá D.C., veintinueve (29) de julio de dos mil veinticinco (2025). REF: RECURSO DE SÚPLICA. EJECUTIVO SINGULAR de JUAN CARLOS BAUTISTA PULIDO contra PEDRO JAVIER SALAMANCA LÓPEZ - Exp. 027-2023-00243-03. Se RECHAZA DE PLANO el recurso de súplica1 que formuló la parte demandante contra el auto de fecha 20 de junio de 20252.

Obsérvese al respecto que conforme el artículo 331 del C.G.P, la súplica es viable únicamente contra los autos que por su naturaleza serían apelables, dictados por el magistrado sustanciador ya sea en el curso de la segunda o única instancia o contra los proveídos que resuelven sobre la admisión del recurso de apelación o casación o los proferidos “en el trámite de los recursos extraordinarios de casación o revisión (…) y que por su naturaleza hubieran sido susceptibles de apelación”, indicando además, de forma expresa que “[N]o procede contra los autos mediante los cuales se resuelva la apelación o la queja” (Resaltado propio).

Como el auto suplicado corresponde a aquel mediante el cual se desató el recurso de apelación propuesto contra la determinación que levantó una medida cautelar de 13 de marzo de 2024 proferida por el juez cognoscente en ese asunto, para resolver lo correspondiente tenemos que la censura propuesta ataca la decisión que resolvió la alzada contra un auto, así las cosas por disposición expresa ese proveído se encuentra excluido de este remedio procesal.

Así las cosas, devuélvase el asunto a la Secretaría de esta Corporación para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE JORGE EDUARDO FERREIRA VARGAS MAGISTRADO 1 2 Archivo digital 009 Derivado 005