República de Colombia Rama Judicial TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, D.C. SALA CIVIL DE DECISIÓN Bogotá, D.C., cinco (05) de junio de dos mil veinticuatro (2024). 11001220300202401113 00 Teniendo en cuenta el informe secretarial que antecede, y comoquiera que la parte recurrente en revisión no dio cumplimiento a lo ordenado en auto de 23 de mayo del presente año, de conformidad con lo establecido en el aparte final del inciso 2º del artículo 358 del C. G. del P., se dispone:
PRIMERO. RECHAZAR el recurso de revisión por no haber sido subsanado.
SEGUNDO. DEVOLVER los anexos sin necesidad de desglose.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, ANGELA MARÍA PELÁEZ ARENAS Magistrada (00202401113 00) Firmado Por: Angela Maria Pelaez Arenas Magistrada Sala 009 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 285a1b647f480e62eb2d5a569495c0a8f4391cedbc774e4a37e30ad071cde3d2 Documento generado en 05/06/2024 12:43:30 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica